Algunas travesías para la deducción de las 3 UIT en la declaración jurada anual 2017

Cómo ya sabrán muchos de mis lectores, desde este año se podrá descontar hasta máximo 3 UIT, es decir, 12,450 soles a su declaración anual de impuesto a la renta.

Primer punto importante, este beneficio es para todos (desde lo que son dependientes e independientes) siempre y cuando tengan un USUARIO Y CLAVE SOL. Sino lo tienen no podrán acceder a este beneficio y cómo sabemos nada es gratis, porque desde el momento en que ustedes tengan este usuario y clave serán sujetos de fiscalización por la SUNAT y todos los años deberán presentar su declaración jurada anual, so pena de las multas y demás sino lo hacen.

Segundo punto importante, solo algunos gastos son deducibles y para ello adjunto el siguiente gráfico en dónde podrán verlo con detalle:

En la página de la SUNAT  podrán ver qué servicios de cuarta categoría están en la lista de los deducibles.

Tercer punto importante, la SUNAT sólo considerará documentos válidos los que sean recibos por honorarios físicos o electrónicos debidamente llenados para el sustento de servicios; en el caso de alquiler los recibos de alquiler de la SUNAT que el arrendador les dé y en el caso de Crédito Hipotecarios lo que el banco haya informado como pago de intereses siempre y cuando sea de primera vivienda: Para la deducción de gastos de Essalud de trabajadores del hogar será sus PDT declarados. Con estas apreciaciones, quedan excluidos los recibos simples de quien les haya hecho el servicio de 4ta categoría, los recibos simples de alquiler (que es la costumbre) y en el caso de Crédito Hipotecario, si tienen más de una propiedad en hipoteca ya no entran en el beneficio.

Teniendo en cuenta estos tres puntos, ahora les contaré sobre mi travesía en este mar. Para empezar, hay un plataforma de la SUNAT que te hace una especie de pre-liquidación de todos los gastos reconocidos por la misma. Para entrar este es el link: http://orientacion.sunat.gob.pe/index.php/personas-menu/impuesto-a-la-renta-personas-ultimo/deduccion-adicional-de-3-uit/6989-10-plataforma-de-deducciones-de-gastos-de-personas-naturales
A este link sólo puedes acceder si tienes clave SOL. Una vez adentro te saldrá una hoja como ésta:

Lo importante de esta imagen es el link que dice "Deducción Adicional" pues al hacer click ahí verán los gastos que la SUNAT les haya validado como aceptables. En mi caso, tuve observados los intereses de mi crédito hipotecario (la susodicha no aceptaba los intereses informados por el banco como de Primera Vivienda). Para subsanar dicha inconsistencia, así como cualquier otra, el aplicativo te dice que tienes que ingresar al FORMULARIO VIRTUAL 705 DJ 2017, es decir, hacer tu declaración de impuestos del año 2017.

No me quedaba otra, así que tuve que ir la DJ 2017. A la hora de entrar (a menos que tengan rentas de 1,2 o 3era categoría) vayan directamente a la parte de Sección Determinativa (la sección donde se determina lo que hay que pagar) y especialmente a la parte que dice Rentas por Trabajo. En la casilla 511 de esta parte es dónde podrán ingresar aquellos gastos que en la plataforma anterior la SUNAT no reconoció.  Al darle click les saldrá una ventana con los ítems deducibles y al costado el ícono de un lápiz luego de lo cual les saldrá los campos para llenar. Ojo, aquí hay un truco hagan un zoom a menos del 100% para que puedan ver el botón de NUEVO y así llenar, porque sino les va parecer que no tienen forma de modificar. ¡Hasta en eso la SUNAT se las sabe!

Una vez que les haya permitido ingresar todos los gastos, el sistema de la SUNAT calculará de manera automática la devolución del impuesto. Ahora una vez que así lo haya hecho la SUNAT, les dará dos opciones: O que les devuelva el importe o que les descuente de los impuestos del 2018.

Si escogen la devolución, primero tendrán que terminar su DJ 2017 luego de lo cual les mandará a un link para que llenen el Formato 1649 o Solicitud de Devolución. Allí lo que tendrán que llenar son dos cosas:
a) Un espacio para que pongan un número de teléfono válido
b) Una forma de pago, siendo dos principalmente: OPF (Orden de Pago a Favor) o CCI ( código de cuenta interbancario). Ojo, solo podrán usar el  CCI si es que han inscrito una cuenta bancaria para sus transacciones en la SUNAT, sino no servirá el CCI que tengan. La OPF es la otra opción de pago en la cual se tendrán que acercar a una agencia del Banco de la Nación (sí, tendrán que hacer cola) con su DNI físico. En este último caso tendrán que revisar continuamente su casilla de buzón de su clave SOL para ver el estado de su petición y saber cuándo ir y recoger su dinero.

Como ven, es un proceso un tedioso más que complicado pero al final vale la pena $$$$

Cómo saben, estoy dispuesto a escuchar todos sus comentarios y actualizar este post con sus experiencias. Si les gusto compartanlo. 

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